El BOE pasa página, dejando el papel
La edición electrónica tendrá plena validez jurídica según lo previsto en la disposición final segunda de la Ley 11/2007:
La publicación electrónica del Boletín Oficial del Estado tendrá el carácter y los efectos previstos en el artículo 11.2 de la presente Ley desde el 1 de enero de 2009.
El artículo 11.2 dice lo siguiente:
La publicación del Boletín Oficial del Estado en la sede electrónica del organismo competente tendrá carácter oficial y auténtico en las condiciones y con las garantías que se determinen reglamentariamente, derivándose de dicha publicación los efectos previstos en el título preliminar del Código Civil y en las restantes normas aplicables.
El artículo 13, del Real Decreto 181/2008 dice:
La edición impresa comprenderá los ejemplares necesarios para asegurar la conservación y custodia.
Tampoco se renovarán las suscripciones a los cds de Iberlex, Maplexter y cds del BOE. Aunque se editará, al final de cada año, un DVD recopilando todos los números del año, mientras exista demanda suficiente.
Resumiendo, a partir del próximo año sólo se podrá acceder a los boletines del estado a través de Internet o comprar dvd al terminar el año.
A pesar de que soy un defensor de las virtudes de Internet, como dirían los yankis (it’s my business), de la innovación y modernidad, creo que esto es un error y que se han pasado de modernos.
Recuerdo que al BOE le costó bastante entrar en Internet, que la página inicial sólo ofrecía información de cómo suscribirse en papel, luego llegó la época de los tiff (página por página) hasta que al final empezaron con los pdf. Paralelamente editaban cds y, luego, dvds.
Pero esta medida se convierte en una involución. Hace unos cuantos años sólo tenían un soporte (el papel), durante los últimos años evolucionaron y se diversificaron (papel, cds, dvds y web), y ahora vuelven al modelo de un sólo soporte (la web), con todo lo que eso implica, hablándolo con un amigo nos surgieron estas dudas:
- la más evidente: ¿y si no tienes acceso a Internet?, ¿y si no tienes ordenador?.
- las correcciones: ¿cómo gestionaran las correcciones de errores?: ¿las harán en el documento erróneo?, ¿los documentos estarán firmados digitalmente?, ¿seguirán usando el sistema de correcciones habitual?.
- el tema de los plazos: en la mayoría de normativa se abren plazos a partir del momento de la publicación del boletín, al ser la publicación digital ¿publicarán a las 0 horas del día en cuestión?, ¿hora peninsular o canaria?, ¿certificarán de alguna manera el momento de la publicación?, si se cae el servidor un día ¿descontarán ese día del plazo?.
- la seguridad: el BOE ¿está en disposición de resistir un ataque de denegación de servicio?
Internet es un medio más por el que difundir la información, no debe convertirse en el único medio.
Si lo que se pretende es un ahorro de costes o una mejora medioambiental reduciendo el consumo de papel, estoy seguro de que existen formas creativas para conseguirlo sin cerrar el canal a las personas que no tienen acceso a Internet. Recuerden que los que están acostumbrados al papel y tienen acceso electrónico, acaban imprimiendo la normativa en cualquier caso.







Lucio Albenga
dic 03, 2008 @ 16:12:00
Yo coincido contigo en que la web no debe ser el único medio, sobre todo para documentos oficiales como el BOE.
Últimamente parece que el Estado quiere pasarlo todo a través de internet y como dices dudo mucho de que tengan un grado de seguridad suficiente para soportar los problemas que se pueden derivar de ello.
Lo de eliminar el papel por cuestiones ecológicas creo que es muy discutible porque los Data Centers consumen energía así que solo cambian de sitio el problema ecológico.
Euribates
dic 04, 2008 @ 12:34:00
Muy interesante lo comentado, está mejor explicado aquí que en la página del BOE
jotarp
dic 05, 2008 @ 07:41:00
Respuesta a la evidente:
El BOE de papel ¿te aparecía por generación espontanea en la estantería de casa?. No. Tenías que suscribirte o consultarlo en algún organismo oficial. Pues con el BOE en internet, parecido: o te “suscribes” (tienes conexión a internet) o te vas a algún organismo en dónde tengan acceso público a internet.
No creo que alguien que se molestase en suscribirse a la edición de papel vaya a suponerle mucha extorsión la necesidad de tener conexión a internet a partir de ahora.
Y para la consulta en internet en centros públicos… ¿es que no hay ninguno en tu ciudad?. ¿el Ayuntamiento o el Gobierno Civil?. Pues quéjate de eso, pero no veo que hallas metido esa variable en tu análisis.
Y lo de la hora de publicación… ¿estás hablando en serio?, ¿a qué hora se publicaba la edición en papel?.
Jose Frechín
dic 05, 2008 @ 09:39:00
Interesante punto de vista Jotarp, un poco agresivo eso si, pero el tema que planteo no es elegir un medio y anular los demás.
Lo que planteo, es que no deberían haber cancelado el papel, cd y dvd. Incluso si la web se convierte en el canal principal y los otros en alternativos. Pero siempre dejando la posibilidad de suscripción a los demás, dotando a la difusión de una mayor accesibilidad.
Esta accesibilidad no tiene que ser necesariamente económica, hacer un símil entre el gasto de suscripción o desplazamiento a un centro público, con disponer de un ordenador y conexión a internet, es confundir gimnasia con velocidad. El problema está en las personas que aun estando en disposición de tener esos medios no los usan.
Sobre el tema de la hora, en la edición en papel el día era inequívoco, en la digital, dependiendo del momento que elijan (el más lógico es el de las 0 horas), tendrían que llevar aparejada la certificación digital y resolver lo del cambio horario.